La ley orgánica de protección de datos y derechos digitales 3/2018 del 5 de Diciembre.
En el artículo 1 del objeto ley:
A) Adapta la legislación española con la Europea en el reglamento 2016/679.
Protege la integridad, privacidad e intimidad en el artículo 18.4 de la constitución española para los datos personales y su libre circulación.
B) Garantiza los derechos digitales en el artículo 18.4 de la constitución.
Nuevos derechos:
-Derecho a la supresión o al olvido.
-Derecho a la limitación del tratamiento.
-Derecho a la potabilidad de los datos.
-Derecho de ser informado de posibles violaciones en los datos personales.
-El consentimiento de datos. (si hubiese más de un fin para estos datos, debe solicitarse)
EN CONCLUSIÓN
El nuevo reglamento establece un marcó en el que las organizaciones deben analizar qué datos tratan, con qué finalidades lo hacen y qué tipo de operaciones de tratamiento llevan a cabo.
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